lunes, 10 de marzo de 2014

CONTRA EL MALTRATO ANIMAL


Modificación del delito de maltrato animal en el Código Penal


Desde este Despacho Jurídico, queremos sumarnos a todas aquellas personas y asociaciones que luchan por defender la integridad y dignidad de todos los animales, no solo aquellos domesticados por el hombre, pues cuando pensamos en maltrato animal lo primero que se nos viene a la cabeza son los perros y  los gatos, pero por desgracia, el maltrato no solo se queda en estos animales,si no que va mucho mas allá. 

La crueldad de muchos seres " inhumanos" con respecto a los animales no tiene limites y debido a esto debemos solidarizarnos y luchar para defender unos intereses que no pueden ser defendidos por ellos mismos.

El Partido Animalista ( PACMA) ha sido uno de los que ha venido luchando por la modificación del delito de maltrato animal en el Código Penal,  manteniendo reuniones con representantes de las Altas Instituciones del Estado, y haciendo llegar propuestas al Gobierno sobre esta cuestión. Han  conseguido que se incluyan en la reforma del Código Penal varias de sus propuestas,como las siguientes:


- Que sea delito maltratar no solamente a los animales domésticos o amansados, sino también a otros animales.
- La inhabilitación para la tenencia de animales y para el ejercicio de trabajo relacionado con los animales.
- Un aumento de la pena de prisión en caso de muerte del animal.
- Un aumento de la pena de multa en los casos en los que el animal no muere ni sufra lesiones que menoscaben gravemente su salud.
- Un aumento de la pena de multa en los casos de abandono de animales.



El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de reforma del Código Penal, donde una de las modificaciones será justamente proporcionar una mayor protección penal a los animales, aumentando la seguridad en la aplicación de la  norma a través de una definición de animales protegidos, que incluye a los domésticos, a los habitualmente domesticados, a los que viven bajo 
control humano y a todos los que no viven en estado salvaje. La pena se ve agravada cuando se causa la muerte y se añade la posibilidad de imponer una inhabilitación para la tenencia del animal. 

Con la nueva reforma y según ha informado el Partido Animalista PACMA, el artículo 337 del Código Penal, referente al delito de maltrato animal, quedará así:
337.1. El que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a:

a) un animal doméstico o amansado.

b) un animal de los que habitualmente están domesticados.

c) un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano.

d) cualquier animal que no viva en estado salvaje, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales domésticos o amansados.337.2. Las penas previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Se hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal.
b) Hubiera mediado ensañamiento.
c) Se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
d) Los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

337.3. Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales domésticos o amansados.

337.4. Los que, fuera de los supuestos a que se refieren los apartados anteriores de este artículo, maltrataren cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, serán castigados con una pena de multa de uno a seis meses.

337 bis. El que abandone a un animal doméstico o amansado en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de uno a seis meses.


¿Creéis que el articulado es suficiente? La pena máxima por provocar la muerte a un animal, al ser inferior a los dos años, no supondrá el ingreso en prisión de quienes carezcan de antecedentes penales.
Será delito  maltratar  a los animales domésticos o amansados, ¿ Que ocurre por tanto con el resto de animales, no tienen derechos, no tienen dignidad?...

Desde este Despacho queremos apoyar esta causa, ofreciendo ayuda desde cualquier ámbito que nos sea posible a aquellas personas que luchan por estos intereses, ya sea mediante nuestro intento de concienciación o mediante la oportuna asistencia jurídica que proceda.

mjespinosa@gmail.com


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